
La información fue presentada en conferencia de prensa realizada en la sala de reuniones de la Municipalidad de Jáchal, encabezada por el secretario de Gobierno, Dr. Juan Pablo Dara, y el Asesor Letrado, Dr. Julio Andino Vega, quienes explicaron el contenido de las resoluciones y el estado actual de las actuaciones. Durante la exposición se detalló que la denuncia fue presentada el 20 de febrero de 2026 por los concejales Silvia Gema Casas, Felipe Táñez Ruiz y el representante legal de los denunciantes Dr. Figueroa Cristian. Dicha presentación puso en juego la imagen pública y la honorabilidad del Intendente Dr. Matías Espejo, al atribuirle presuntas irregularidades de su gestión en la contratación de servicios para el evento.
Decisión del Juzgado de Paz Letrado de Jáchal
El 8 de septiembre de 2026, el Juzgado de Paz resolvió las actuaciones contravencionales iniciadas por las actas de infracción labradas a personas que cumplían funciones durante la Fiesta de la Tradición. Según el expediente, la denunciante señaló que los ciudadanos “estaban cumpliendo funciones de seguridad en el Anfiteatro Buenaventura Luna”.
En la audiencia, el principal imputado, Marcelo Clavel, explicó que no se trataba de seguridad privada, sino de un servicio de organización de eventos y protocolo contratado para el evento, respaldado por documentación municipal. Tras evaluar las pruebas, el juez concluyó que “no puede tener por acreditados los hechos, por tanto no lo encuentro culpable”, declarando falta de mérito para todos los involucrados.
Actuación del Ministerio Público Fiscal
En paralelo, el Ministerio Público Fiscal tramitó el legajo MPF-JA-00118-2026, iniciado por la denuncia presentada el 20 de febrero de 2026. La presentación señalaba que el municipio habría contratado un servicio de seguridad privada no habilitado y que no se habría remitido documentación respaldatoria.
Luego de la investigación preliminar, el Fiscal de la UFI Norte, Dr. Sohar Alfredo Aballay, resolvió desestimar la instancia penal el 20 de mayo de 2026, al considerar que los hechos denunciados no configuraban delito alguno y que la situación correspondía al ámbito contravencional, donde ya se desarrollaban las actuaciones pertinentes. En su dictamen se afirma que los antecedentes “no permitían advertir la existencia de un hecho que revistiera caracteres de delito”.
La denunciante Silvia Gema Casas solicitó el control de la decisión fiscal previsto en el artículo 337 de la Ley Provincial N.º 1851-O. El Fiscal Coordinador de la Unidad Fiscal de Delitos Especiales, Dr. Iván Augusto Grassi, confirmó la desestimación el 29 de julio de 2026, señalando que “el solo hecho de que determinadas personas hubieran desarrollado tareas de seguridad privada sin encontrarse debidamente habilitadas o registradas conforme a la normativa provincial no constituye, por sí mismo, una circunstancia apta para inferir la comisión de delitos contra la Administración Pública ni de otra figura penal”.
Situación actual
Durante la conferencia, las autoridades municipales explicaron que:
• La vía penal quedó definitivamente cerrada, tras la confirmación de la desestimación por el Fiscal Coordinador.
• La vía contravencional fue abordada por el órgano competente, que resolvió con falta de mérito.
• No se acreditó la existencia de delitos ni irregularidades penales vinculadas a la contratación de servicios para la Fiesta de la Tradición 2025.
Las resoluciones judiciales y fiscales concluyen que los hechos se circunscriben al ámbito administrativo y contravencional, sin elementos que permitan avanzar hacia una instancia penal.