Un vecino perdió el reclamo por el humo de una parrilla y deberá afrontar las costas
El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó el rechazo de una demanda presentada por un hombre contra sus vecinos por las supuestas molestias que le causaba el humo de una parrilla construida sobre un muro medianero. Para el máximo tribunal provincial, no quedó acreditado que esas emanaciones superaran el nivel de «normal tolerancia» previsto por el Código Civil y Comercial.
El planteo buscaba que se ordenara la demolición de la parrilla instalada en la propiedad lindera, bajo el argumento de que el humo afectaba el bienestar del demandante y de su familia. La causa ya había sido rechazada en primera instancia y también por la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.
En su análisis, los jueces revisaron si las emisiones denunciadas podían considerarse «inmisiones» que excedieran el límite tolerado por la ley. Ese concepto está previsto en el artículo 1973 del Código Civil y Comercial y alcanza molestias como humo, ruidos u olores cuando resultan excesivos.
El actor cuestionó la valoración de la prueba y sostuvo que se habían ignorado distintos elementos, entre ellos actuaciones administrativas municipales, un acuerdo sobre la altura de la chimenea, un acta notarial, fotografías, cartas documento y recomendaciones médicas vinculadas a la exposición al humo. Sin embargo, el Superior Tribunal entendió que la Cámara sí había analizado cada uno de esos puntos y explicó por qué no alcanzaban para probar una molestia habitual o intensa.
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