Prestación por Desempleo: requisitos y paso a paso para cobrar hasta $383.800

Prestación por Desempleo: requisitos y paso a paso para cobrar hasta $383.800

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorga la Prestación por Desempleo a trabajadores formales que perdieron su empleo por causas ajenas a su voluntad.

En octubre, el beneficio tiene un tope de $383.800 y un piso de $191.900. El monto que recibe cada persona depende de su remuneración anterior y de los aportes registrados.

La asistencia se entrega durante un período limitado para aliviar la pérdida de ingresos mientras el beneficiario busca reincorporarse al mercado laboral.

¿Quiénes pueden solicitar la Prestación por Desempleo de la ANSES y cuáles son los requisitos?

Para iniciar la solicitud, se debe acreditar el vínculo laboral previo y la causa de la desvinculación.

  • Trabajadores permanentes: al menos seis meses de aportes dentro de los tres años anteriores al despido o a la finalización del contrato.

  • Empleados eventuales o de temporada: haber trabajado menos de 12 meses durante los últimos tres años y contar con más de 90 días de aportes en los 12 meses previos al cese.

La prestación se paga entre dos y 12 cuotas, según los salarios y los aportes acumulados durante los tres años anteriores. 

Los mayores de 45 años pueden recibir hasta seis meses adicionales.

Cómo hacer el trámite y qué documentación presentar

La solicitud puede realizarse de manera digital o presencial. La ANSES establece un plazo de 90 días hábiles desde la ruptura laboral para iniciar el trámite; después, se descuentan días de prestación por cada jornada hábil de demora.

Para comenzar, se necesita:

  • DNI original y copia.

  • Constancia que acredite la situación de desempleo, en original y copia.

  • CUIL y Clave de la Seguridad Social para ingresar a Atención Virtual.

La gestión online se realiza desde el sitio oficial de la ANSES, en la opción «Atención virtual». 

También se puede acudir a una oficina del organismo con turno previo.

Qué comprobantes pueden pedir según la causa del despido

La documentación adicional depende del motivo por el que terminó la relación laboral. Entre los comprobantes admitidos figuran:

  • Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota firmada por el empleador y certificada.

  • Quiebra o concurso preventivo: constancia del síndico, sentencia judicial autenticada, telegrama del empleador o publicación correspondiente en el Boletín Oficial.

  • Despido indirecto por justa causa: telegramas de intimación y desvinculación enviados por el trabajador.

  • Vencimiento de contrato a plazo fijo: copia del contrato laboral.

  • Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta de defunción.

  • Enfermedad o accidente al momento del cese: certificado médico de aptitud laboral para desempeñar tareas acordes con el estado de salud.