San Juan explica cómo inscribir partidas de nacimiento o matrimonio del exterior

San Juan explica cómo inscribir partidas de nacimiento o matrimonio del exterior

Las familias sanjuaninas que tengan partidas de nacimiento, matrimonio o defunción emitidas en otro país pueden incorporarlas a los registros de la provincia mediante un trámite de transcripción ante el Registro Civil. El proceso, conocido como Extraña Jurisdicción, permite que esos documentos queden registrados en San Juan y sirvan luego para gestiones administrativas habituales.

Antes de presentar la documentación, hay que verificar que esté correctamente legalizada. Las partidas de nacimiento o defunción necesitan la Apostilla, un sello que certifica la autenticidad de un documento público extranjero para que tenga validez en Argentina.

Si la partida está redactada en otro idioma, debe estar traducida por un traductor público matriculado. En el caso de las partidas de matrimonio, además de la legalización puede pedirse un oficio judicial que ordene la inscripción, según corresponda.

El trámite puede hacerlo la persona interesada si es mayor de edad, presentando su documentación personal. Cuando la partida corresponde a un menor de 18 años, deben iniciarlo sus padres o representantes legales, acreditando su identidad y el vínculo.

La gestión se realiza en la Dirección del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, con sede en Santa Fe 58 Oeste, Capital. El arancel equivale a 10 Unidades Tributarias, que durante 2026 representan $1.000.

Desde el organismo recomendaron revisar antes que toda la documentación esté apostillada y traducida cuando corresponda, porque una partida incompleta puede frenar la transcripción y obligar a presentar todo de nuevo.