Coviar: la Cámara Federal volvió a fallar en contra del Gobierno nacional

Coviar: la Cámara Federal volvió a fallar en contra del Gobierno nacional

La disputa entre el Gobierno nacional y la Corporación Vitivinícola Argentina (Coviar) por el financiamiento del organismo sumó un nuevo capítulo judicial desfavorable para el Estado. La Cámara Federal de Mendoza rechazó un recurso presentado por la Nación y dejó firme el criterio que permite mantener vigente la medida cautelar que suspendió la eliminación de las contribuciones obligatorias.

La resolución fue dictada este miércoles por la Sala A del tribunal, que desestimó el recurso de queja del Estado contra una decisión del Juzgado Federal N° 2 de Mendoza. Ese juzgado había concedido con efecto devolutivo la apelación oficial contra la prórroga de la cautelar. En consecuencia, el Gobierno no consiguió que su impugnación dejara sin efecto la protección judicial obtenida por Coviar.
El pronunciamiento fue firmado por los camaristas Manuel Alberto Pizarro y Sebastián Guillermo Soneira. También intervino en la deliberación Juan Ignacio Pérez Curci, quien participó de la votación, aunque no suscribió el fallo por encontrarse de licencia.

La decisión, sin embargo, no resolvió la controversia central: si fue legal que el Gobierno nacional eliminara mediante una resolución administrativa los aportes obligatorios establecidos por ley para sostener el funcionamiento de la corporación. Esa cuestión continúa pendiente en el expediente principal.

El origen del conflicto con la Nación

El enfrentamiento judicial comenzó con la resolución 55/2026 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, que dispuso dejar sin efecto las contribuciones obligatorias contempladas en la ley 25.849, que establece el marco de funcionamiento y financiamiento de Coviar.

Frente a esa decisión, la corporación presentó un amparo y solicitó una medida cautelar para evitar que la disposición nacional se aplicara mientras avanzaba la discusión judicial.

El 11 de junio, el juez federal Pablo Oscar Quiros aceptó parcialmente el planteo y ordenó suspender los efectos de la resolución. También dispuso que el Estado continuara proporcionando información sobre las contribuciones y mantuviera la aplicación de los mecanismos previstos en el régimen legal frente a eventuales incumplimientos.

Posteriormente, el 15 de septiembre, el juzgado extendió la protección por otros tres meses o hasta que se dictara una sentencia definitiva, lo que sucediera primero.

El Gobierno apeló la prórroga y reclamó que el recurso tuviera efecto suspensivo. De haber prosperado ese pedido, la cautelar habría dejado de aplicarse mientras la Cámara analizaba la impugnación estatal.

Como el juzgado no aceptó ese criterio, la Nación recurrió directamente al tribunal de alzada mediante una queja. La presentación también fue rechazada.

Los argumentos de los jueces

Para la Cámara Federal, conceder efecto suspensivo a una apelación contra una cautelar dictada en el marco de un amparo podría desnaturalizar el objetivo de esa herramienta judicial.

Los magistrados consideraron que estas medidas tienen precisamente la finalidad de preservar una situación mientras se desarrolla el proceso y evitar que los efectos de una decisión cuestionada se consoliden antes de que exista un pronunciamiento sobre su legalidad.

Con ese razonamiento, respaldaron el criterio del juzgado mendocino y desestimaron el planteo del Estado nacional.

El alcance de la resolución es estrictamente procesal: los jueces no volvieron a examinar la validez de la resolución 55/2026 ni determinaron si la Secretaría de Agricultura estaba habilitada para eliminar las contribuciones previstas en una ley nacional.

La definición de fondo sigue pendiente

Uno de los argumentos centrales que había utilizado el juez Quiros para conceder la cautelar fue que la ley 25.849 continúa vigente y que, en principio, una disposición administrativa no puede dejar sin efecto obligaciones creadas por una norma sancionada por el Congreso.

Ese criterio permitió suspender provisoriamente la decisión del Gobierno, pero no implica que la Justicia haya declarado definitivamente su invalidez.

Con el fallo del 28 de octubre, Coviar consiguió sostener la protección judicial frente a los intentos del Estado por suspenderla. Sin embargo, la controversia de fondo todavía debe resolverse: la Justicia deberá determinar si la Nación tenía facultades para eliminar los aportes obligatorios que financian a la corporación vitivinícola.

Por ahora, el Gobierno no logró desactivar la cautelar y el esquema de protección judicial continúa vigente en los términos establecidos por el juzgado federal.