ARCA cambia la factura electrónica: qué hay que saber y desde cuándo rigen las nuevas obligaciones

ARCA cambia la factura electrónica: qué hay que saber y desde cuándo rigen las nuevas obligaciones

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha una importante actualización del régimen de factura electrónica a través de la Resolución General 5866/2026.

La nueva normativa modifica las reglas para la emisión de determinados comprobantes, incorpora una modalidad de Liquidación Electrónica Mensual y establece un cronograma de aplicación progresiva que comenzó el 1 de julio de 2026 y se extenderá hasta marzo de 2027.

Los cambios alcanzan principalmente a entidades financieras, compañías de seguros, administradoras y emisoras de tarjetas, sistemas de pago y otros sectores específicos, aunque la resolución también introduce precisiones que pueden repercutir en la operatoria general de la facturación electrónica.

La nueva Liquidación Electrónica Mensual

Una de las principales novedades de la normativa es la creación de la Liquidación Electrónica Mensual, una alternativa que permitirá documentar determinadas operaciones mediante una liquidación consolidada, en lugar de emitir un comprobante individual por cada operación.

Los contribuyentes alcanzados por este régimen podrán optar entre emitir comprobantes por cada operación o realizar una liquidación mensual para cada cliente, siempre que la normativa permita utilizar esta modalidad.

En caso de elegir la liquidación mensual, el documento deberá emitirse hasta el último día del mes calendario correspondiente.

Posteriormente, deberá ser puesto a disposición del cliente dentro de los 10 días corridos siguientes.

Además, quienes utilicen esta alternativa deberán conservar toda la documentación y los registros necesarios para poder identificar las operaciones que fueron incluidas en la liquidación.

Cuándo debe emitirse la factura electrónica

La resolución también establece precisiones sobre el momento en que determinados contribuyentes deben emitir sus comprobantes.

Desde el 1 de julio de 2026, los directores de sociedades anónimas, síndicos, integrantes de consejos de vigilancia y autoridades equivalentes de asociaciones, fundaciones, cooperativas y otras entidades deben emitir factura electrónica por los honorarios que perciban.

El comprobante deberá confeccionarse cuando se determine formalmente la asignación individual de esos honorarios.

Esto puede ocurrir, por ejemplo, mediante una asamblea de accionistas, reunión de socios, directorio u órgano ejecutivo que corresponda en cada caso.

El cronograma de implementación

La modificación del régimen no se aplica de una sola vez. ARCA estableció distintas fechas para incorporar progresivamente a los sectores alcanzados.

1 de septiembre de 2026

Las compañías de seguros deberán emitir comprobantes electrónicos por operaciones realizadas con consumidores finales y por determinadas operaciones vinculadas con bonificaciones, descuentos, devoluciones, quitas y rescisiones.

Además, podrán continuar utilizando el servicio específico destinado a seguros de caución hasta el 31 de diciembre de 2026.

1 de octubre de 2026

Las entidades financieras deberán comenzar a emitir comprobantes electrónicos por determinadas operaciones relacionadas con contratos de leasing y ciertas actividades vinculadas con el comercio exterior.

1 de diciembre de 2026

Entrarán en vigencia nuevas obligaciones para entidades bancarias respecto de determinados préstamos, con excepción de los descubiertos en cuenta corriente.

También se incorporarán administradoras y emisoras de tarjetas de crédito, compra y débito, además de determinados participantes de sistemas de pago mediante transferencias.

1 de marzo de 2027

Comenzará la última etapa del cronograma. En esta instancia quedarán alcanzadas determinadas operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas realizadas por entidades financieras y administradoras de tarjetas.

Qué implica el cambio

La actualización busca avanzar hacia una mayor digitalización y trazabilidad de las operaciones, al establecer nuevas modalidades para documentar determinadas actividades y precisar los momentos en que deben emitirse los comprobantes.

Para las empresas y contribuyentes alcanzados, uno de los puntos centrales será adaptar sus sistemas de facturación y sus procedimientos internos a las nuevas exigencias y fechas establecidas por ARCA.

También será importante conservar correctamente la documentación respaldatoria, especialmente en los casos en los que se opte por la nueva modalidad de liquidación mensual.

El proceso de implementación continuará durante los próximos meses y tendrá su última etapa en marzo de 2027, cuando quedará completado el cronograma previsto por la Resolución General 5866/2026.