Reglamentaron cambios clave sobre convenios, plataformas y el Fondo de Asistencia Laboral

Reglamentaron cambios clave sobre convenios, plataformas y el Fondo de Asistencia LaboralReglamentaron cambios clave sobre convenios, plataformas y el Fondo de Asistencia Laboral 

A través de distintos decretos publicados este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno reglamentó puntos centrales de la Ley de Modernización Laboral, también conocida como Reforma Laboral.

Con el decreto 407/26, se incorporaron definiciones sobre convenios colectivos, sindicatos, registración laboral, plataformas digitales y servicios eventuales. Además, se estableció que la Secretaría de Trabajo deberá convocar en un plazo de 30 días a la renegociación de los convenios colectivos de trabajo vencidos, y también se incluyeron criterios para considerar dentro de esa situación a los acuerdos sin fecha expresa de finalización.

La reglamentación suma que los aportes, contribuciones y retenciones previstos en convenios colectivos deberán computarse de manera global y ajustarse a los topes fijados por la ley. En materia sindical, agrega nuevos requisitos para obtener la personería gremial, exige verificaciones de afiliados mediante registros estatales y dispone que una organización deberá superar en al menos un 5% de afiliados cotizantes a otra entidad para desplazarla en un mismo ámbito de representación.

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