
La Corte de Justicia estableció mediante el Acuerdo General N° 27/2025 que, a partir del 1 de junio de 2025, el sistema de Mediación Judicial Previa Obligatoria en materia de Familia y Laboral se aplicará también a la Segunda Circunscripción Judicial de San Juan y al resto del territorio provincial, cubriendo así la competencia de los Juzgados de Paz Letrados Departamentales.
Además, la Corte instruyó a la Secretaría Administrativa, con la colaboración del Centro Judicial de Mediación y las áreas administrativas correspondientes, para organizar e implementar todo lo necesario con el fin de garantizar la correcta ejecución de esta disposición.
La información completa sobre la Mediación Judicial Previa Obligatoria está disponible en el micrositio institucional del Poder Judicial de San Juan: https://www.jussanjuan.gov.ar/mediacion/
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