La ley 27.805 fija un plazo para regularizar armas sin registrar
El Congreso sancionó la Ley 27.805, que establece que las personas que tengan armas de fuego sin registrar deberán regularizar su situación en un plazo de 360 días ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC).
Según el informe publicado este jueves en el Boletín Oficial, el artículo 1° indica que «las personas humanas que tuvieren armas de fuego clasificadas de conformidad con la normativa vigente como de ‘uso civil» o de ‘uso civil condicional», o sus repuestos principales, que carezcan de registración anterior o que teniéndola, hubiere devenido en irregular, deberán presentarse dentro de los 360 días de la entrada en vigencia de la presente ante la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC)».
La resolución agrega que el organismo descentralizado, bajo la órbita del Ministerio de Seguridad, será el encargado de otorgar la autorización correspondiente. «Cumplidas las verificaciones técnicas y registrales correspondientes, se inscribirán los datos del material denunciado y de su poseedor en el Banco Nacional Informatizado de Datos de dicho organismo», destaca.
En los casos en que las personas alcanzadas no tengan la condición de legítimo usuario de armas de fuego en la categoría correspondiente, deberán iniciar el trámite con la solicitud y la autorización de tenencia del material respectivo.
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