La Justicia suspendió el DNU que limita el derecho a huelga

La Justicia suspendió el DNU que limita el derecho a huelga

La Justicia hizo lugar a una acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) en la que solicitaba el dictado de una medida cautelar para que se suspenda temporalmente la aplicación de los artículos del DNU que limitaba el derecho a huelga, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

La central gremial considera que los arts. 2 y 3 del Decreto de Necesidad y Urgencia No. 340/25 dictado el 21/05/2025 violan «el principio republicano de división de poderes y violación al derecho y principio de libertad sindical«.

En primer lugar, la Justicia declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para entender en la causa ya que es «una contienda en la que resulta inobjetable el contenido de derecho social» y luego admitió «la viabilidad formal de la acción de amparo interpuesta», para finalmente «hacer lugar a la medida cautelar peticionada y suspender provisoriamente los efectos de los artículos 2° y 3° del D.N.U. 340/25 en relación con la Confederación General del Trabajo y los trabajadores representados por dicha entidad gremial hasta tanto se dicte sentencia definitiva«.

El fallo sostiene que «el contenido de la pretensión, la norma cuestionada y los derechos involucrados se enmarcan en una situación excepcional que conducen razonablemente al pretensor a tomar las vías más adecuadas y aptas para la protección de los derechos que entiende conculcados y para la solución de determinado accionar que entiende arbitrario e ilegal».

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